John M. Ackerman
El año 2013 se inicia
con un nuevo esfuerzo del PRI de siempre para cancelar nuestros derechos
fundamentales. El pasado jueves, Francisco Arroyo Vieyra, diputado
priísta y presidente la mesa directiva de la Cámara de Diputados,
presentó una iniciativa que busca dar muerte prematura a la histórica
reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011. Solamente
una voz ciudadana clara y articulada puede detener este nuevo lance
autoritario.
Uno de los elementos más importantes de la reforma de derechos humanos publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 10 de junio de 2011 fue la plena incorporación de los tratados
internacionales al sistema jurídico mexicano. Hoy el segundo párrafo del
artículo primero de la Constitución reza:
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
En otras palabras, nuestros derechos fundamentales ya no se agotan
con lo que señala la Carta Magna, sino que también incluyen al mismo
nivel a todos los derechos humanos incluidos en los tratados firmados
por el Estado mexicano. Así, se conforma un nuevo
bloque de constitucionalidadque incluye un abanico mucho más amplio de derechos. Hoy los juzgadores no pueden pretextar que tal o cual derecho no estuviera plenamente reconocido por la Constitución mexicana, sino que siempre deben favorecer
la protección más ampliaa las personas (principio pro persona) por medio de la
interpretación conformecon todos los ordenamientos nacionales e internacionales aplicables.
Pero al
nuevo PRIsolamente le interesa la participación extranjera en algunos temas y no en otros. Quieren extender una lujosa alfombra roja para que empresas trasnacionales como Exxon-Mobil y Halliburton vengan a
ayudarnosa saquear el petróleo nacional. Pero de repente sacan sus credenciales supuestamente
nacionalistascuando se trata de la plena vigencia de los tratados internacionales en materia de derechos humanos en el país.
El diputado Arroyo, aliado y operador político de Enrique Peña Nieto
en la Cámara de Diputados, propone la inclusión de una sencilla frase al
final del segundo párrafo del artículo primero de la Constitución:
De existir una contradicción de principios entre esta Constitución y los tratados internacionales de los que México sea parte, deberá prevalecer el texto constitucional. Es decir, en caso de que exista algún conflicto entre normas ya no será el principio pro persona lo que determinaría cuál ordenamiento, el nacional o el internacional, se debería aplicar en un determinado caso, sino que siempre y en todos los casos se daría prioridad al nacional.
En otras palabras, los tratados internacionales volverían a su
función subsidiaria de la Constitución mexicana, tal como fue el caso
antes de la reforma de 2011. Estos tratados ya no podrán expandir
nuestros derechos más allá de los
principiosya plasmados en la Constitución mexicana.
Lo más indignante es que Arroyo busque arropar este evidente
retroceso autoritario con un lenguaje supuestamente técnico y
pragmático. Señala que su iniciativa de reforma no busca afectar
nuestros derechos, sino solamente resolver una aparente
contradicciónentre el primero y el segundo párrafos del artículo primero de la Constitución, así como
armonizaréste con el artículo 133.
De acuerdo con la muy particular interpretación de Arroyo, existiría un conflicto entre el principio pro persona contenido en el segundo párrafo y el señalamiento en el primer párrafo de la Constitución de que
no podrá restringirse ni suspenderse [el ejercicio de los derechos humanos], salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. Para Arroyo, mientras el primer párrafo claramente señala la supremacía de la Constitución por encima de cualquier otro ordenamiento, el segundo párrafo pondría en duda esta misma supremacía al colocar los tratados internacionales por encima de la Constitución.
Pero en realidad no existe contradicción alguna. El primer párrafo se refiere a la
restriccióno
suspensiónde derechos e impone la regla estricta de que ello solamente puede ocurrir en los casos y bajo las condiciones explícitamente autorizadas por la Constitución mexicana. Es decir, invalida cualquier esfuerzo por recurrir a los tratados internacionales con el fin de limitar nuestros derechos. Por otra parte, el segundo párrafo refiere a la expansión de nuestros derechos e impone la regla liberal de que el juzgador debe recurrir a los tratados internacionales si aquellos permiten
ampliarla protección de los ciudadanos.
Hay total coherencia y consistencia entre los dos párrafos. De
acuerdo con el constituyente permanente, los tratados internacionales no
deben ser utilizados para limitar nuestros derechos, sino únicamente
para expandirlos.
Pero para el PRI cualquier expansión de derechos pone en riesgo la
consolidación de su proyecto de retroceso autoritario. Así, el nuevo
partido gobernante fabrica una supuesta contradicción técnica para
justificar un ataque profundamente ideológico y político a nuestros
derechos fundamentales. Los ciudadanos no lo deberíamos permitir.
Daniel Cazés, distinguido académico y férreo defensor de las causas ciudadanas, in memoriam.
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