domingo, 19 de abril de 2009

El régimen constitucional de las fuerzas armadas

Arnaldo Córdova

De acuerdo con el artículo 39 constitucional, que establece el principio de la soberanía popular, las instituciones del Estado mexicano se fundan para beneficio del pueblo y no pueden tener otro fin. A ese principio obedecen todas las instituciones y su falta de congruencia con el mismo sólo muestra cómo ese mismo principio es permanentemente ignorado, cuando no violado. El Ejército Mexicano es una institución que sólo se justifica si se concibe en su existencia y en los fines de su funcionamiento para beneficio del pueblo mexicano. La Carta Magna impone que sus funciones son asegurar la paz interior y combatir cualquier amenaza venida del exterior. No más.
Leer Nota AQUI