viernes, 30 de octubre de 2009

Suspenden decreto de Luz y Fuerza del Centro


Mensaje uno:

Druidajvc Jvc Compañeros difundan esto: La juez primera de distrito ordeno la suspención del decreto de extinción del decreto de Luz y Fuerza del Centro. Más información en http://www.livestream.com/radiosmedos



Mensaje dos:
Alejandra De Macedonia
una suspensión en amparo implica que el "acto de autoridad" que se está impugnando (el decreto de extinción) suspende sus "efectos", sin embargo, aunque puede ser tomado como una buena señal, esto todavía depende de una "audiencia" en la que se determinará si se concede la suspensión "definitiva" o se revoca, tal suspensión. Si el acto de autoridad "extinguió" a la Compañía, la suspensión temporal, le da un poco de vida.

Mensaje tres:

Lamentablemente no depende mas que del juez que la haya concedido, en principio y por precaución, casi siempre conceden esta suspensión temporal, y luego la revocan para continuar el juicio, aunque también sería importante argumentar que en caso de no suspenderse, para cuando se resolviera el amparo y los trabajadores ya hubieren sido liquidados, la sentencia de amparo ya no podría restituirles las garantías individuales que les hubieren sido vulneradas. El amparo sólo es útil si esa restitución puede darse, de lo contrario, se trataría de actos consumados irreparablemente.