Es inconstitucional porque afecta derechos adquiridos de los trabajadores en activo e incrementa de manera retroactiva el tiempo de servicio, dijo el ministro de la SCJN.
La nueva Ley del ISSSTE es inconstitucional en lo que respecta al régimen de pensiones, porque afecta derechos adquiridos de los trabajadores en activo e incrementa de manera retroactiva el tiempo de servicio, edad y monto de las cotizaciones del sistema para el retiro, aseveró el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.
Al iniciar ayer la discusión sobre los amparos que presentaron más de un millón de burócratas en contra de dicha legislación, Ortiz Mayagoitia incluyó de manera inesperada en el “problemario” –documento que precisa la ruta de la discusión del tema– la demanda de los quejosos sobre la aplicación retroactiva de la ley, y cuestionó que entre los objetivos del gobierno federal de modificar el régimen de pensiones quedara uno que “no es fácil de descubrir” y que “pone límites a la responsabilidad del Estado en materia de pensiones”.
Y es que, subrayó, legalmente no hay garantía de que las compañías aseguradoras cumplan sus obligaciones futuras en el manejo de las cuentas individuales de los trabajadores, como tampoco prevé un compromiso del Estado en caso de que las aseguradoras llegaran a caer en suspensión de pagos o en quiebra. Al argumentar por la inconstitucionalidad de una parte del décimo artículo transitorio, dijo que actualmente “cuando el ISSSTE tiene insuficiencia de fondos, está el respaldo automático del Estado mexicano”.
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