jueves, 29 de noviembre de 2012

Expresidentes: beneficios de escándalo

Ernesto Villanueva

MÉXICO, D.F. (Proceso).- El 1 de diciembre de este año Felipe Calderón se convertirá en expresidente de la República y, en principio, en titular de una serie de beneficios ajenos a casi todos los mexicanos. Ya dediqué aquí un texto (Proceso 02/01/2012) que ahora profundizo con mayores datos sobre el tema.

Primero. De ese artículo de Proceso surgió la idea de hacer un libro que es ya una realidad (en coautoría con Hilda Nucci: Beneficios expresidenciales. Temis. Colombia, 2012) y que será presentado el 2 de diciembre en la FIL de Guadalajara. En una muestra de 20 países de los cinco continentes, se observa que los exprimeros mandatarios gozan, en mayor o menor medida, de beneficios. El problema grave es que el caso de México rompe los parámetros observados alrededor del mundo por razones de fondo y forma.

Por lo que concierne al fondo, cabe decir de entrada que México tiene con creces el primer lugar en el número de salarios mínimos mensuales de ingreso de un expresidente, en comparación con Australia, Estados Unidos, Singapur y Sudáfrica, entre otros países. Después de México, las naciones donde los exmandatarios reciben mejores pagos son Singapur y Suiza. El expresidente de México, empero, tiene ingresos globales 500% mayores que el segundo lugar y 600% sobre el tercero, lo que de por sí resulta escandaloso.

Ningún país cuenta con la infraestructura de apoyos de que dispone el expresidente de México, incluidos el expresidente de Estados Unidos y el exprimer ministro del Reino Unido, lo que no es poca cosa. Este fenómeno había estado fuera del radar académico, aunque tuvo esporádicas apariciones en el ámbito legislativo. Se han registrado seis iniciativas y tres proposiciones con punto de acuerdo para reducir los excesos existentes, pero quedaron sólo para el testimonio histórico.
Segundo. Hay una circunstancia que podría dejar a Felipe Calderón sin las grandes sumas con las que ya se imagina que cuenta a partir del término de su periodo presidencial. Resulta que las disposiciones legales que justifican las exorbitantes pensiones y apoyos de los expresidentes de México carecen de fuerza legal; es decir, no existen jurídicamente en virtud de que no se han cumplido las obligaciones básicas para que una norma jurídica pueda existir.

En efecto, el Acuerdo Presidencial 2763 Bis del 31 de marzo de 1987, en el cual se funda la pensión expresidencial, tiene tres deficiencias esenciales: a) Conforme al Acuerdo, la Secretaría de Programación y Presupuesto sería la encargada de hacer que se cumpliera dicho ordenamiento. Al quedar abrogada la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, el referido Acuerdo se debe someter a la legislación vigente, es decir, a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la que dispone que la administración de los recursos públicos federales deberá realizarse bajo criterios de legalidad, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas. No es, evidentemente, el caso; b) El Acuerdo no fue firmado por el presidente de la República, quien tiene la facultad de hacerlo, sino por el secretario de Programación y Presupuesto, que en esa época era Carlos Salinas de Gortari; y c) El Acuerdo no fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, lo que es un requisito imprescindible para su validez, según lo establecen los artículos 3 y 4 del Código Civil Federal y la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales. Como norma complementaria se encuentra lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación, que invoca una norma inválida.

Lo anterior crea un escenario para que se pueda impugnar la legalidad de la posible pensión con apoyos de Felipe Calderón, en virtud de que el Ejecutivo Federal carecería de fundamento legal aplicable para hacer las erogaciones económicas respectivas. De hacerlas, estaría sujeto a las responsabilidades derivadas del incumplimiento de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. No propongo, en modo alguno, privar de un estímulo económico a Calderón y a los futuros expresidentes de la República. Lo que sí se requiere es ajustar esas pensiones a las mejores prácticas internacionales y a un sentido de racionalidad que hoy no existe.

Tercero. Para evitar que el país permanezca en una laguna jurídica sobre este asunto, resulta pertinente el proyecto de iniciativa de ley sobre la cuestión del diputado Carlos Augusto Morales. Esta iniciativa podría ser el marco referencial para una discusión amplia, de obvio interés público, pues las leyes al respecto no pueden seguir postergándose. En el marco de la austeridad, la transparencia y la rendición de cuentas, un expresidente de la República mexicano no debe vivir como jeque con recursos del pueblo. Para que un mexicano de a pie logre una pensión de risa debe trabajar al menos 25 años (no seis, como un presidente de la República) y tener al menos 60 años de edad. (Calderón tiene 10 años menos.) Hoy sucede, como sugiere Orwell en La rebelión de la granja, que todos somos iguales, pero unos más que otros

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