Jorge Eduardo Navarrete
Cuando aparezcan estas líneas, escritas la víspera, faltarán dos días para que se agote el plazo con que cuentan los tres magistrados designados para indicar al pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el sentido en el que proponen que éste responda la demanda de invalidez de la elección presidencial. Según los indicios y filtraciones acumulados hasta ahora, cabe esperar que ponentes y pleno se inclinen por declararla válida y proclamar electo al candidato que recibió el mayor número de votos considerados válidos por el propio tribunal. Una resolución de este corte condenará al país, por segunda ocasión consecutiva, a ser regido por un presidente elegido con aparente arreglo a las formalidades legales, pero carente de legitimidad. A estas alturas, ya no es posible extender al tribunal el beneficio de la duda.
La brecha entre legalidad y legitimidad será más notoria si el tribunal decide no agotar el plazo asignado al proceso de calificación y anuncia sus proclamas antes del 6 de septiembre. Será evidente entonces que prefirió desechar, actuando al menos con premura, las causas de invalidez que le fueron presentadas, a pesar de que las informaciones e indicios sobre las mismas continuaban apareciendo de hecho hasta el último día. Bajo cualquier supuesto, resultaba indispensable agotar la investigación por los órganos concernidos, dentro de la esfera de competencia de cada uno. Si algo resultaba necesario, en materia de plazos, era explorar la posibilidad de ampliarlos, ante la excepcionalidad de la situación y la obvia necesidad de contar con tiempo adicional para realizar indagaciones exhaustivas. Si se falla cuando aún se dispone de tiempo y están a la vista de todos extremos no suficientemente examinados de las denuncias e impugnaciones, habrá un incumplimiento flagrante de la responsabilidad política e institucional del tribunal: garantizar que se cumplieron los supuestos constitucionales del proceso electoral y que, por tanto, su resultado es válido y cierto.
La brecha entre legalidad y legitimidad será más notoria si el tribunal decide no agotar el plazo asignado al proceso de calificación y anuncia sus proclamas antes del 6 de septiembre. Será evidente entonces que prefirió desechar, actuando al menos con premura, las causas de invalidez que le fueron presentadas, a pesar de que las informaciones e indicios sobre las mismas continuaban apareciendo de hecho hasta el último día. Bajo cualquier supuesto, resultaba indispensable agotar la investigación por los órganos concernidos, dentro de la esfera de competencia de cada uno. Si algo resultaba necesario, en materia de plazos, era explorar la posibilidad de ampliarlos, ante la excepcionalidad de la situación y la obvia necesidad de contar con tiempo adicional para realizar indagaciones exhaustivas. Si se falla cuando aún se dispone de tiempo y están a la vista de todos extremos no suficientemente examinados de las denuncias e impugnaciones, habrá un incumplimiento flagrante de la responsabilidad política e institucional del tribunal: garantizar que se cumplieron los supuestos constitucionales del proceso electoral y que, por tanto, su resultado es válido y cierto.
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